Modelo 720
DGT CV 9-8-16
Los obligados tributarios deben suministrar a la Administración tributaria información sobre los bienes y derechos situados en el extranjero de los que son titulares. En concreto, tienen obligación de suministrar (LGT disp.adic.18ª; RGGI art.42 bis, 42 ter y 54 bis):