Continuando nuestra serie sobre la Sociedad Familiar en esta ocasión vamos a introducir los instrumentos de planificación y los distintos tipos que se aplican hoy en dí­a. El objetivo de estos es aportar a las sociedades familiares la consciencia de que, en este tipo de empresas, no solo existen los intereses corporativos o societarios, sino que adquieren peculiar importancia los relativos a los intereses familiares para con la empresa, y que son, con frecuencia, fuente de conflictos.  El conflicto más habitual es aquel relacionado con el cambio generacional.

Para evitar los perjuicios que se pueden producir por el traslado de conflictos personales/familiares a la sociedad, la práctica mercantil ha ido desarrollando, como soluciones anticipadas, instrumentos de planificación de dos tipos según su carácter:

  • Documental: (a) El Protocolo Familiar.
  • Orgánico: (b) El Consejo de familia y (c) la Asamblea familiar.

Aprovechando esta pequeña introducción, en este punto vamos a desarrollar el primer instrumento, esto es,

(a) El Protocolo Familiar

Se entiende por Protocolo Familiar el conjunto de pactos suscritos por los socios entre sí­ o terceros con los que guardan ví­nculos familiares que afectan a una sociedad no cotizada, en la que tengan un interés común para implantar un modelo de comunicación y consenso en la toma de decisiones para regular las relaciones entre familia, propiedad y empresa. Se ha llegado a afirmar que constituyen verdaderos estatutos internos y códigos sucesorios.

Para que tenga validez, el protocolo debe ser otorgado y firmado por todos los socios familiares, y conviene incluir a aquellos que, aun no siendo socios, en el futuro lo sean con probabilidad. Asimismo, debe ser revisado periódicamente para que no quede desactualizado.

Para que sea efectivo, el protocolo tiene que ser elaborado atendiendo a las caracterí­sticas particulares de la empresa y de los intereses familiares, por lo que no se puede tomar un modelo y aplicarlo directamente; hay que tener en cuenta, por ejemplo, la edad de la siguiente generación y las virtudes y debilidades del próximo relevo generacional.

Se necesita que el protocolo tenga fuerza tanto moral como contractual, donde queden patentes los valores familiares y haya obligaciones establecidas. Poner principios sin restricciones, no sirve. Asimismo, es importante también incluir pactos en relación con aquellos documentos que tienen fuerza ante terceros, como los Estatutos, funcionamiento del Consejo, etc.

Los principales puntos que se deben tratar en profundidad en el protocolo familiar son los relacionados con la transmisión de participaciones o acciones, órganos de dirección y de relaciones familiares y con la sucesión (vital).  En este último, se recomienda que otros documentos relacionados estén en sintonía con este, como, por ejemplo, capitulaciones matrimoniales o testamentos.

Por último, hay que analizar si conviene o no que al protocolo se le de publicidad. Se puede llevar a cabo mediante constancia en el Registro Mercantil de su existencia pero no su contenido, mediante su depósito o mediante su inscripción. También puede constar en la página web.

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